Órganos de gobierno, competencias y funciones

En cumplimiento con lo dispuesto en el:

  • Artículo 6.1 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
  • Artículos 12.1 y 12.3c) de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón
  • Indicador nº 10 de los índices de transparencia propuestos por Transparencia Internacional para Ayuntamientos (2017)

En este apartado se pueden consultar las competencias y funciones de los Órganos de Gobierno que componen el Ayuntamiento, tal como se establece en su normativa de aplicación, especialmente en: 

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local
  • Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales
  • Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera
  • Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la administración local

ALCALDE

Es el órgano unipersonal que preside la Corporación, ostenta la máxima representación del Ayuntamiento y dirige la Administración Municipal. De entre sus funciones destaca:

  • Convocar y presidir las sesiones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local, de cualesquiera otros órganos municipales cuando así se establezca en disposición legal o reglamentaria, así como decidir los empates con voto de calidad.
  • Dictar bandos, decretos e instrucciones.
  • Nombrar y cesar a los Tenientes de Alcalde y a los Presidentes de los Distritos.
  • El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado.

D. José Manuel Angoy Trullenque es el Alcalde del Ayuntamiento de Erla.

TENIENTE DE ALCALDE

Son concejales nombrados por el Alcalde y es a ellos a los que les corresponde sustituirlo por orden de su nombramiento, en casos de ausencia, enfermedad e impedimento que imposibiliten al Alcalde para el ejercicio de sus funciones.

D. Saturnino Tarragüel Liso es el Teniente de Alcalde.

PLENO

Es el órgano de máxima representación política de los ciudadanos en el Gobierno Local. Los plenos se celebran en el Ayuntamiento y es el instrumento empleado para la toma de decisiones de índole municipal. Está integrado por los Concejales y presidido por el Alcalde. Allí se debaten y aprueban decisiones de interés general del municipio. Los plenos pueden ser ordinarios o extraordinarios.

El Pleno del Ayuntamiento de Erla está formado por toda la Corporación Municipal. (Acceda aquí para su consulta)

ÁREAS MUNICIPALES

Los Ayuntamientos distribuyen su trabajo administrativo en diferentes áreas temáticas desde las cuales se realizan las funciones de coordinación. Es competencia de la alcaldía determinar el número de áreas de cada ayuntamiento así como establecer los niveles complementarios inferiores.

Puede consultar las Áreas Municipales accediendo desde aquí.

COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS

La Comisión Especial de Cuentas existe en todos los municipios.  Está constituida por miembros de los distintos grupos políticos integrantes de la corporación. A ella se someten a informe las cuentas anuales de la entidad local antes del 1 de junio de cada año. Estas cuentas son objeto de información pública antes de someterse a la aprobación del Pleno, a fin de que puedan formularse contra las mismas reclamaciones, reparos u observaciones. Todo ello sin perjuicio de que pueda denunciarse ante el Tribunal de Cuentas la existencia de irregularidades en la gestión económica y en las cuentas aprobadas.

Puede consultar la composición de la Comisión Especial de Cuentas accediendo desde aquí.

Última actualización el miércoles, 29 de mayo de 2019 a 13:32